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abril 11, 2020

NUEVAS DISPOSICIONES EN MATERIA LABORAL ANTE EL COVID-19.

El acuerdo ministerial MDT-2020-081, del 10 de abril de 2020, establece las siguientes nuevas alternativas/reglas en materia laboral:

1. Pago de liquidación de haberes laborales o multas mediante transferencia bancaria

El pago de liquidaciones de haberes laborales a favor de extrabajadores, si estuviesen autorizadas por el inspector de trabajo, puede hacerse mediante transferencia bancaria. Esto aplica principalmente (i) en caso de consignaciones, ya porque el extrabajador no está de acuerdo con el valor de la liquidación o porque ha sido imposible ubicarlo; y (ii) cuando entre el empleador y extrabajador exista un proceso de mediación ante un inspector de trabajo, respecto de la liquidación de haberes.

También se puede hacer transferencias bancarias para el pago de multas impuestas por la Dirección Regional de Trabajo, en la cuenta que esta designe para tal efecto.

(Art. 1)

2. Registro y notificación de terminación de contratos por fuerza mayor.

En los casos en que un empleador de por terminados contratos laborales por fuerza mayor que imposibilite el trabajo (causal prevista en el art. 169, 6o del Código del Trabajo), debe registrar, en el Sistema Único de Trabajo (“SUT”), los fundamentos que respalden su decisión. El registro debe efectuarse 24 horas después de la terminación de dichos contratos, so pena de multa de 3 a 20 salarios básicos unificados (USD 1.200 a USD 8.000).

En el mismo plazo de 24 horas el empleador debe notificar a los extrabajadores la terminación del contrato por esta causa, ya sea por medios electrónicos, físicos o cualquier otro previsto en la ley.

(Art. 2)

Nuestro equipo de asociados incluye destacados profesionales, altamente calificados, quienes han recibido títulos de prestigiosas universidades de derecho, locales y extranjeras, y que ejecutan eficazmente las estrategias diseñadas con el fin de lograr resultados favorables para nuestros clientes.

Nuestros socios, con un amplio conocimiento de empresa y de mercado, adquirido a través de décadas de experiencia en sus áreas de práctica profesional, en que han manejado con éxito asuntos de gran escala y complejidad, dirigen y supervisan personalmente todos los asuntos de la firma y guían de cerca a sus equipos de trabajo. Chambers, Latin Lawyer, LACCA y Legal 500, entre otros, los reconocen como líderes en sus áreas de especialización.

En caso de requerir alguna ampliación o realizar una consulta por favor dirigirse a fmolestina@cplaw.ec

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